Sánchez Carazo, Carmen2019-09-252019-09-252014-12-0920021657-4702http://hdl.handle.net/20.500.12424/214974"La intimidad la percibimos como un derecho inherente a la persona, que no debe ser conquistado para poseerlo, ni se pierde por desconocerlo. Más bien, es una característica propia del ser humano por el mero hecho de serlo. Este derecho, que en muchas Constituciones, tiene rango de derecho fundamental, tiene sus raíces en el derecho al respeto y la libertad de la persona. El derecho a la privacidad deriva de los derechos fundamentales a la vida, libertad y propiedad1. Constituye un derecho de la personalidad y como tal debe ser considerado como irrenunciable, inalienable e imprescriptible."spaCreative Commons Copyright (CC 2.5)rightprivacygenetic databioethicsconfidentialityPolitical ethicsEthics of lawRights based legal ethicsBioethicsEl derecho a la protección de intimidad de los datos genéticos [The right to protection of privacy of genetic data]Article