Anónimo2019-09-252019-09-252015-06-0219750251-3552http://hdl.handle.net/20.500.12424/222869""Hoy damos al conocimiento del país y de la Comisión Especial del Congreso de la República el Decreto N° 580 que de conformidad con el Ordinal 7° del Articulo 1° de la Ley Orgánica que autoriza al Presidente de la República para dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera, dictado en Consejo de Ministros y mediante el cual se reserva el Estado la industria de la explotación del mineral del hierro y se declaran extinguidas, a partir del 1° de Enero de 1975, todas las concesiones que fueron otorgadas por el Ejecutivo Nacional. Las instalaciones, equipos y demás bienes de cualquier naturaleza de las empresas ex-concesionarias, sus matrices, filiales, subsidiarias y asociadas, afectas a dichas concesiones o que el Estado considere necesario para continuar su explotación, pasarán desde esa fecha al Estado libres de toda carga o gravamen."spaCreative Commons Copyright (CC 2.5)nationalizationironVenezuelaextinctionbusinessPolitical ethicsGovernance and ethicsEconomic ethicsEnvironmental ethicsResources ethicsNacionalización del hierro en Venezuela [Iron in Venezuela Nationalization]Article